
CÓDIGO DEONTOLÓGICO DE INCA HEALING SCHOOL
PREÁMBULO
La Escuela Inca Healing School reconoce que toda práctica de acompañamiento, sanación y desarrollo humano implica una profunda responsabilidad ética hacia las personas, las comunidades, la naturaleza y la tradición espiritual que inspira su labor.
Este Código Deontológico tiene como finalidad orientar la conducta de maestros, facilitadores, terapeutas, practicantes, estudiantes y colaboradores vinculados a la escuela, promoviendo una cultura basada en el respeto, la integridad, el servicio, la reciprocidad y el bienestar común.
La actuación de todos sus miembros se inspira en los principios del Allin Kawsay (Buen Vivir), el Ayni (Reciprocidad), el respeto a la Pachamama y los valores ancestrales expresados en los preceptos Ama Sua, Ama Llulla, Ama Q’ella y Ama Hap’a.
CAPÍTULO I: PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
Artículo 1. Respeto por la dignidad humana
Todo miembro de la escuela reconocerá el valor intrínseco de cada ser humano, independientemente de su origen, nacionalidad, etnia, género, orientación sexual, religión, condición social, capacidades físicas o creencias personales.
Artículo 2. Servicio y reciprocidad
Toda práctica desarrollada en el marco de la escuela deberá orientarse al servicio del bienestar humano, promoviendo el principio del Ayni como expresión de reciprocidad, solidaridad y responsabilidad compartida.
Artículo 3. Integridad personal
Los miembros de la escuela actuarán con honestidad, coherencia y transparencia, evitando conductas que puedan perjudicar a las personas, a la institución o a la tradición que representan.
Artículo 4. Libertad de conciencia
La escuela respeta la libertad de pensamiento, opinión y creencias de todas las personas, rechazando cualquier forma de manipulación ideológica, psicológica, emocional o espiritual.
Artículo 5. Respeto a la Pachamama
Todo practicante procurará desarrollar una relación consciente y respetuosa con la naturaleza, reconociendo la interdependencia entre la vida humana y los ecosistemas que la sostienen.
CAPÍTULO II: RELACIÓN CON LOS PARTICIPANTES
Artículo 6. No hacer daño (Reducción del daño)
El bienestar físico, emocional, psicológico y espiritual de los participantes constituye la prioridad fundamental de toda actividad promovida por la escuela.
Artículo 7. Consentimiento informado
Toda persona deberá recibir información clara sobre los objetivos, alcances y características de las actividades en las que participe, ejerciendo libremente su derecho de aceptación o rechazo.
Artículo 8. Confidencialidad
Los facilitadores, terapeutas y estudiantes respetarán la privacidad de las experiencias, testimonios e información personal compartida durante cursos, retiros, consultas o procesos formativos.
Artículo 9. Límites profesionales
Los miembros de la escuela evitarán cualquier forma de abuso de poder, manipulación emocional, explotación económica o aprovechamiento de la vulnerabilidad de los participantes.
Artículo 10. Respeto por la autonomía
Toda persona será considerada protagonista de su propio proceso de crecimiento y autosanación. Ningún facilitador podrá atribuirse poderes extraordinarios ni generar dependencia hacia su figura.
CAPÍTULO III: PRÁCTICA TERAPÉUTICA Y ESPIRITUAL
Artículo 11. Humildad y responsabilidad
Los practicantes reconocerán los límites de sus conocimientos y competencias, evitando promesas de curación, diagnósticos infundados o afirmaciones que excedan su formación.
Artículo 12. Complementariedad
Las prácticas enseñadas por la escuela se consideran complementarias y no sustituyen la atención médica, psicológica o sanitaria profesional cuando esta sea necesaria.
Artículo 13. Veracidad
Toda información transmitida deberá presentarse con honestidad y claridad, diferenciando adecuadamente entre conocimientos tradicionales, interpretaciones personales, experiencias subjetivas e información científica.
Artículo 14. Actualización permanente
Los facilitadores y terapeutas mantendrán una actitud de aprendizaje continuo, promoviendo el desarrollo de sus competencias personales, profesionales y humanas.
CAPÍTULO IV: RELACIÓN CON LA TRADICIÓN ANDINA
Artículo 15. Respeto a los saberes ancestrales
La transmisión de conocimientos inspirados en la tradición andina deberá realizarse con respeto, gratitud y reconocimiento hacia los pueblos originarios que los preservaron.
Artículo 16. Ausencia de dogmatismo
La escuela reconoce que ninguna tradición posee el monopolio de la verdad. Se promueve el diálogo respetuoso entre diferentes sistemas de conocimiento y perspectivas culturales.
Artículo 17. Ausencia de jerarquías excluyentes
La escuela fomenta la cooperación entre colegas y evita estructuras basadas en la dependencia, la subordinación ciega o el culto a la personalidad.
Artículo 18. Uso responsable de símbolos y conocimientos tradicionales
Los elementos culturales, rituales y simbólicos serán utilizados con respeto, evitando su banalización, comercialización abusiva o descontextualización.
CAPÍTULO V: CONDUCTA INSTITUCIONAL
Artículo 19. Transparencia
Toda actividad formativa, económica o institucional deberá desarrollarse con claridad y responsabilidad.
Artículo 20. Inclusión
La escuela promoverá espacios seguros, respetuosos e inclusivos para todas las personas.
Artículo 21. Resolución ética de conflictos
Las diferencias y conflictos serán abordados mediante el diálogo, la escucha activa, la mediación y el respeto mutuo.
Artículo 22. Responsabilidad social
La escuela apoyará iniciativas que contribuyan al bienestar de las comunidades, la preservación cultural y la sostenibilidad ambiental.
DECLARACIÓN FINAL
Todo miembro de Inca Healing School se compromete a actuar conforme a los principios del Buen Vivir (Allin Kawsay), cultivando la honestidad (Ama Sua), la veracidad (Ama Llulla), la laboriosidad (Ama Q’ella) y la lealtad (Ama Hap’a), reconociendo que el verdadero camino de la sanación comienza por el propio ejemplo y se manifiesta a través del servicio consciente a la vida.
“El mejor maestro es aquel que sirve; el mejor sanador es aquel que primero aprende a sanarse a sí mismo.”
